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EL TEMPLETE
 
 
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LA PRIMERA LEY ANTITABACO FUE SEVILLANA 
 
    

 
JULIO DOMÍNGUEZ ARJONA 
27 de Julio  de 2018

Según Bula del Papa Urbano VIII despachado en Roma a 30 de enero de 1642, que ninguna persona eclesiástica, regular, ni seglar, assi hombres como mugeres, pueden tomar, ni tomen tabaco en hoja ni en polvo, ni en humo, por boca, o narices, en ninguna de las iglesias de Sevilla, y se publicó en nuestra ciudad el  27 de julio de 1642, tal dia como hoy .-

Entre otras cosas sentenciaba :

"No hace mucho que se nos ha informado que la mala costumbre de tomar por la boca y las narices la yerba vulgarmente denominada tabaco, se halla totalmente extendida en muchas diócesis, al extremo que las personas de ambos sexos, y aun hasta los sacerdotes, y los clérigos, tanto los seculares como los regulares, olvidándose del decoro propio de su rango, la toman en todas partes y principalmente en los templos de la villa y diócesis de Hispale (Sevilla), sin avergonzarse, durante la celebración del muy santo sacrificio de la misa, ensuciándose las vestiduras sagradas con los repugnantes humores que el tabaco provoca, infestando los templos con un olor repelente -- con gran escándalo de sus hermanos que perseveran en el bien --, y aparentando no temer en nada la irreverencia de las cosas santas.

...........por medio de la presente, pongamos en entredicho y prohibamos en consecuencia, a todos en general y a cada uno en particular, a las personas de uno y otro sexo, a los seculares, a los eclesiásticos, a todas las órdenes religiosas y a cuantos formen parte de una institución cualquiera de esa naturaleza, el tomar tabaco bajo los pórticos y en el interior de las iglesias, ya sea mascándolo, fumándolo en pipa o aspirándolo en polvo por la nariz; en fin, usarlo en cualesquiera formas que sean. Si alguno contraviniese estas disposiciones será excomulgado inmediatamente, ipso facto, sin más ni menos, de acuerdo con los términos del presente interdicto."


Como ven el Papa prohibió tomar tabaco tanto en el interior, como en el  exterior de las iglesias, bajo pena de excomunión, eso en el siglo XVII no era una broma .-

Como veran no hay nada nuevo bajo el Sol, eso de que la primera ley antitabaco de España fue la de de 2006 de 28/2005, de 26 de diciembre, cuyo nombre completo es Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, que entró en vigor el 1 de enero de 2006,  y que fue modificada sustancialmente por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre de 2010, que extendió la prohibición de fumar a cualquier tipo espacio de uso colectivo; y que todo eso fue gracias a nuestro inolvidado Zapatero, pues no .-

La primera ley antitabaco fue en 1642 y publicada en Sevilla .-




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